miércoles, 9 de julio de 2014

Nuevos rumores o información equivocada sobre oposiciones libres

Durante las últimas semanas han vuelto a circular rumores o informaciones erróneas sobre la posibilidad de convocar oposiciones "libres" para plazas del personal de administración y servicios en las universidades

La publicación en el BOE origen de los rumores
[clic en la imagen para ampliar]
Este tipo de comentarios aparecen de forma reiterada y son producto de la falta de información o de una interpretación errónea de algún tipo de convocatoria. En este caso los rumores se han extendido por las universidades porque el origen está en unas convocatorias de plazas que la Universidad de Salamanca publicó a finales de 2013 y cuyo proceso selectivo esta terminando en junio-julio de 2014.

Como son muchos/as los/as compañeros/as que nos están llamando para preguntar la posibilidad de convocar oposiciones libres, poniendo como ejemplo las de la Universidad de Salamanca, queremos explicar las razones que han permitido que en 2013 hayan podido realizar las convocatorias de una forma legal. Ya que hay otras universidades, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos que lo han intentado en 2012 y 2013 pero que finalmente han sido recurridas y paralizadas judicialmente a instancia de la Abogacía del Estado por no estar permitidas.

En primer lugar queremos dejar claro que en 2014 la prohibición de convocar oposiciones o concurso-oposición libre sigue en vigor, de acuerdo con lo regulado en el artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (PGE 2014) [clic aquí BOE]:
  • "21. Uno.1.- A lo largo del ejercicio 2014 no se procederá en el sector público delimitado en el artículo anterior, a excepción de las sociedades mercantiles públicas que se regirán por lo dispuesto en la disposición adicional vigésima de esta Ley y de los Órganos Constitucionales del Estado, a la incorporación de nuevo personal".
Aunque, en la misma Ley de PGE 2014 se admiten una serie de excepciones a esta norma general:
  • Se permite hacer convocatorias de plazas libres para cubrir un total de reposición del 10% de las vacantes en determinados sectores: sanidad, educación no universitaria, justicia, asuntos Exteriores, Policía, Ejercito, Prevención y extinción de incendios (en último este caso algunos ayuntamientos pueden llegar al 100% cumpliendo determinados requisitos), Seguridad Aerea, Seguridad Nuclear, Instituciones Peninteciarias, investigadores de los organismos públicos de investigación, profesorado de las universidades  y, en el caso de la Administración, plazas de asesoramiento jurídico, inspección y lucha contra el fraude económico, laboral y fiscal o para el control del gasto público. 
  • Se permite realizar contrataciones temporales de personal laboral o nombramientos temporales de personal interino funcionario en casos excepcionales y que deben ser cubiertos por razones de urgencia del servicio.
  • Se permiten las convocatorias de oposiciones o concurso-oposición libre de plazas "correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores". Entendiendo que dichas ofertas de empleo público no son la mera existencia de la plaza o de la vacante, sino que dicha Oferta de Empleo Público fue debidamente formalizada y aprobada como tal (algunas de las convocatorias recurridas por la Abogacía del Estado y suspendidas judicialmente han sido porque no existe acreditación documental que respalde la existencia de estas ofertas de empleo público).
En el caso de las convocatorias de la Universidad de Salamanca [clic aquí WEB]  se trata del último supuesto, relativo a una Oferta de Empleo Público (OEP) de años anteriores. En concreto estas plazas fueron incluídas en la OEP de 2011, formalizada legalmente por Resolución del Rector con fecha del 11 de abril de 2011 [clic aquí 4 páginas PDF].

Evidentemente, en el caso del personal de administración y servicios de la ULPGC no es de aplicación esta posibilidad, ya que en nuestra universidad no "formalizó" una Oferta de Empleo Público (OEP) antes de 2012, que es cuando se aplicó la primera prohibición. Esta falta de cumplimiento de la legislación, que obliga a formalizar y publicitar una OEP de forma previa es lo que nos impide ahora sacar adelante cualquier plaza vacante por medio de oposición o concurso-oposición libre.



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